LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

A C U E R D A :

 

PRIMERO.-  El Congreso del Estado de Oaxaca declara que no ha lugar a obsequiar la petición formulada por la Licenciada Flora Gutiérrez Gutiérrez, como representante Estatal de la organización denominada Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, por no haber acreditado ni su personalidad jurídica ni la existencia real de dicha organización.

SEGUNDO.-  Por conducto de la Oficialía Mayor de este Honorable Congreso, notifíquese esta determinación a la peticionaria en el domicilio que se señalo para tal efecto.

Para los efectos a que haya lugar, devuélvase a la Oficialía Mayor de este Honorable Congreso el expediente que se dictamina.

 

TRANSITORIO:

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 15 de enero de 2009.

 

DIP. JAIME ARANDA CASTILLO,
PRESIDENTE.

 

DIP. FELIPE REYES ÁLVAREZ,
SECRETARIO.                                          

 

                                                      DIP. HÉCTOR HERNÁNDEZ GUZMÁN,
                                                      SECRETARIO.